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Preguntas Frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES

¿TENÉS DUDAS?

Para obtener una respuesta inmediata, podés entrar a las siguientes preguntas frecuentes, donde encontrarás información sobre las cuestiones más consultadas.

La Firma Digital es una herramienta técnico jurídica que se vale de un procedimiento matemático, que permite garantizar la autoría, autenticidad, integridad, no repudio y validez jurídica. Para ello utiliza una técnica segura (criptografía asimétrica) que permite vincular e identificar fehacientemente al firmante del documento electrónico.
Es una forma segura y verificable en donde un documento firmado digitalmente, establece que el mismo es un documento con validez jurídica, y que quien niegue ser el autor del contenido del documento por él firmado, es quien debe probar que las declaraciones u obligaciones que se encuentran en él no son las que ha tenido intención de hacer o contratar.

Ley 25.506 - ARTICULO 2º — Firma Digital. Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma.

Un Certificado Digital es un archivo informático generado por una entidad de servicios de certificación que asocia unos datos de identidad a una persona física, organismo o empresa confirmando de ésta manera su identidad digital en Internet. Es válido para autenticar un usuario o un sitio web en internet por lo que es necesaria la colaboración de un tercero que sea de confianza para cualquiera de las partes que participe en la comunicación.

Ley 25.506 — ARTICULO 13.- Certificado digital. Se entiende por certificado digital al documento digital firmado digitalmente por un certificador, que vincula los datos de verificación de firma a su titular.

La Firma Digital goza de una presunción legal "iuris tantum”; esto significa que si un documento firmado digitalmente es verificado correctamente, se presume salvo prueba en contrario, que proviene del suscriptor del certificado digital asociado y que no fue modificado.

Por otra parte, para reconocer que un documento ha sido firmado digitalmente se requiere que el certificado digital del firmante haya sido emitido por un Certificador Licenciado.

Para solicitar un Certificado de Firma Digital por primera vez deberá realizar los siguientes pasos:

LUEGO DE PRESENTARSE AL TURNO:

  • - Generar claves.
  • - Descargar certificado.
En la Autoridad de Registro Central en la Ciudad de Córdoba (Incluye modalidad Movil)
  • • Arturo M. Bas 34, Local Planta Baja
  • • Córdoba: (0351) - 56944 07/08 - 56809 85/86 - 56848 86/87
  • • Buenos Aires: (011) - 50311302
  • • De 9:00hs a 18:00hs
  • • mda@encodesa.com.ar

O en cualquiera de nuestras Autoridades de Registro Propias o Delegadas que se detallan en nuestro sitio web: https://www.encodesa.com.ar/autoridad-de-registro

Para todos los casos deberá tener la solicitud previamente cargada por sistema

En el siguiente link podrá verificar la documentación que debe presentar para poder realizar su Firma Digital: https://www.encodesa.com.ar/requisitos-solicitar-firma

Para asistencias técnicas se sigue un orden de ingreso, ingrese a nuestro sitio web http://soporte.encodesa.com.ar/ complete el formulario con los datos solicitados y un técnico se va a contactar a la brevedad con usted.

  • - Debe de ingresar al siguiente link https://pki.encodesa.com.ar/login.aspx con usuario y contraseña.
  • Una vez dentro le mostrará esta imagen:
  • - En la 1er pantalla luego de ingresar con usuario y clave debe seleccionar la opción siguiente al final de la página a la derecha.
  • - En la 2da pantalla en la Barra de tareas en Azul en la parte superior de la página debe seleccionar la opción PANEL DE CONTROL.
  • - Visualizar mis Solicitudes
  • - Por último seleccione la opción GENERAR TURNO.
  • - Seleccionar sucursal, día y horario del Turno
  • - Confirmar
  • - En caso de necesitar modificar el turno deberá contactarse con un Oficial de Registro
Ver Instructivo

Sí, es posible. Únicamente en el caso de Persona Jurídica.

En caso de realizar el Registro de Firma un apoderado necesita:

  • - Poder General Amplio de Administración y Disposición en copia certificada por escribano.
  • - Si el poder que presenta es solamente de administración, debe solicitar una nota complementaria de ENCODE que no altera el poder pero sí lo habilita al trámite.
  • - En caso de no contar con los poderes anteriormente mencionados, puede presentar Poder Especial para Firma Digital el cual se debe solicitar a nuestros Oficiales de Registro. Se debe presentar certificado por Escribano Publico.

Este documento se debe complementar con el resto de la documentación que deba presentar dependiendo a la Sociedad que represente.

  • - Ley 25.506, marco que regula la Firma Digital.
    Ver Ley en Infoleg
  • - Ley 26.994, art. 288 del CCyC, Deroga el uso de firma electrónica, al reconocer el documento electrónico firmado digitalmente como única herramienta válida para considerar a un documento electrónico como documento firmado.
  • - Res. 1455/11 1362/12 Requiere autorización del MTySS.
  • - Decreto 2628/01 Reglamenta la FD. Ver Decreto en Infoleg
  • - D. A. 927/2014 Establece los servicios vinculados a la FD Ver D.A. en Infoleg

Los Certificados de Firma Digital se pueden renovar hasta el mismo día de su vencimiento inclusive dependiendo la hora de expiración del certificado.

Pasada la fecha de vencimiento no es posible renovar el certificado, debiendo generar una nueva solicitud.

Los pasos para renovar su Certificado son:

Ver Instructivo

Para verificar el vencimiento de un certificado debe realizar los siguientes pasos:

  • - Colocar el dispositivo token a la pc.
  • - Dirigirse a Internet Explorer, ingresar en Configuración
  • - Opciones de Internet
  • - Seleccionar solapa CONTENIDOS
  • - Por ultimo ingresar en CERTIFICADOS donde podrá verificar el vencimiento de su certificado.

“Si el dispositivo token no se encuentra conectado a la pc el certificado no aparecerá y no podrá verificar su vencimiento”.

En el caso de que su certificado se encuentre expirado. Debe realizar los siguientes pasos:

  • - Se debe generar una nueva solicitud, ingresando con usuario y clave de Encode.
  • - En la 1er pantalla luego de ingresar con usuario y clave debe seleccionar la opción “siguiente” al final de la página a la derecha.
  • - En la 2da pantalla en la Barra de tareas en Azul en la parte superior de la página debe seleccionar la opción SOLICITUD NUEVA.
  • - Solicitar turno.
  • - El titular deberá asistir al turno a realizar el registro de firma en alguna de nuestras sucursales con la documentación correspondiente.
  • - Para ver qué documentación deberá presentar hacer clic aquí
  • - Aranceles Vigentes https://www.encodesa.com.ar/firma-digital/aranceles.html

LUEGO DE PRESENTARSE AL TURNO:

  • - Generar claves.
  • - Descargar certificado.